Categorías
Derecho laboral

La reforma laboral del RDL 10/2010

Insuficiente, tímida, no aborda los problemas fundamentales del mercado laboral español en el que una empresa en crisis no puede adaptar sus horarios y salarios a las nuevas circunstancias.

Este mercado en el que una empresa en crisis -sin entrar en las causas que la han provocado- no tiene otro remedio que acudir a la medida más drástica y lamentable, desde un punto de vista humano y laboral, que es el despido, al no poder adaptar sus horarios y, sobre todo, los salarios a las nuevas circunstancias.

Insuficiente, tímida, no aborda los problemas fundamentales del mercado laboral español.

Se han dejado fuera asuntos tales como la revisión del papel del juez a la hora de determinar la viabilidad de una empresa o la mínima razonabilidad de los despidos; tampoco se ataja, si acaso se queda a medio camino, la problemática del absentismo, fundamentalmente el colectivo, que puede llegar a provocar que unos ganen sin trabajar lo que otros trabajando, y no se encara, tampoco, la flexibilidad interna de unas empresas atadas de pies y manos por los sindicatos a cuenta de los convenios.

Se discutió la figura de los directivos como encargados de negociar los despidos, junto a los representantes de los trabajadores, pero todo ha quedado en palabras vacías, nada se ha cambiado.

Creemos que la solución en este sentido pasa por eliminar la tutela judicial en esos procesos; una cuestión es la obligación constitucional de facilitar el acceso de empresarios y empleados a los jueces, y otra la utilización de los magistrados como si fueran consultores que no cuentan con datos objetivos de la evolución de las empresas.

Es erróneo centrar la modificación únicamente en el despido, a pesar de lo cual no se han logrado cambios reales. Se puede decir que todo lo pactado ya existe, como mucho, la enmienda sobre el despido objetivo facilita los supuestos”, es decir, amplía el elenco de opciones, pero se vuelven a utilizar las mismas fórmulas genéricas para definirlas, dejando todo el poder de decisión en manos de los jueces.

Cualquier reforma de la legislación socio laboral española tiene que estar basada en otra reforma mucho más concreta: la del sistema del desempleo en España. Mientras no se persiga por parte de las Administraciones competentes, de una forma efectiva y directa, el gran fraude que existe en toda la geografia española en materia de desempleo, el resto de medidas no tendrán el efecto esperado.

Estamos ante una reforma laboral que no convence ni a empresarios ni a trabajadores.

Salvo mejor opinión

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *